Resumen practico de las normas relativas a Ingresos por ventas y prestación de servicios
Contenido (Resumen de las distintas normativas y prácticas comunes utilizadas en la profesión)
Miguel Aparicio Aneri
Contenido:Valoración: Ingresos por ventas e Ingresos por prestación de servicios
1) Valoración: Ingresos por ventas e Ingresos por prestación de servicios
Ls ingresos procedentes de la venta de bienes y de la prestación de servicios se valoran por el valor razonable de la contrapartida recibida o por recibir que normalmente es el precio acordado de los bienes deducidos los intereses incorporados al nominal del crédito.
Ingresos por ventas
No forman parte de los ingresos los impuestos que gravan las operaciones de venta que se repercutan a terceros (IVA )
Los créditos por operaciones comerciales se valoran de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a los instrumentos financieros ( precio acordado de los bienes deducidos los intereses incorporados al nominal del crédito)
No se registran ingresos en las operaciones de permuta de bienes o servicios en las operaciones de tráfico de igual naturaleza y valor.
Con el fin de registrar los ingresos atendiendo al fondo económico de la operación puede ocurrir que los componentes de una misma transacción se apliquen criterios diversos
Solo se registraran como ingresos procedentes de la venta de bienes cuando cumplan. a) la empresa ha transferido al comprador los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del bien con independencia de su transmisión jurídica .b) se presuma que el comprador no tenga derecho a vender los bienes a la empresa y esta la obligación de recompararlos por el precio de venta inicial mas la rentabilidad normal que obtendría un prestamistas c) la empresa no mantienen la gestión de los bienes vendidos con un grado asociado a su propiedad ni tienen el control efectivo de los mismos. d) el importe de los ingresos y costes se puede valorar fácilmente. e) la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción Los ingresos procedentes de la venta de bienes y de la prestación de servicios se valorarán por el precio acordado para dichos bienes o servicios, deducido el importe de cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares que la empresa pueda conceder, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos.
No obstante, podrán incluirse los intereses incorporados a los créditos con vencimiento no superior a seis meses.
Los impuestos que gravan las operaciones de venta de bienes y prestación de servicios que la empresa debe repercutir a terceros como el impuesto sobre el valor añadido y los impuestos especiales, así como las cantidades recibidas por cuenta de terceros, no formarán parte de los ingresos.
Ingresos por prestación de servicios
Se registran cuando se pueden estimar fácilmente
Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción
El grado de realización en la fecha de cierre se puede valorar fácilmente.
Los costes ya incurridos y los que quedan por incurrir se pueden valorar fácilmente. Cuando el resultado de una transacción no se pueda estimar de forma fiable solo se recogerán como ingresos solo la cuantía en que los gastos reconocidos se consideren recuperables
Los ingresos por prestación de servicios se reconocerán cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad, considerando para ello el porcentaje de realización del servicio en la fecha de cierre del ejercicio.
En consecuencia, sólo se contabilizarán los ingresos procedentes de prestación de servicios cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
a) El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad.
b) Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción.
c) El grado de realización de la transacción, en la fecha de cierre del ejercicio, puede ser valorado con fiabilidad, y
d) Los costes ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, pueden ser valorados con fiabilidad.
La empresa revisará y, si es necesario, modificará las estimaciones del ingreso por recibir, a medida que el servicio se va prestando. La necesidad de tales revisiones no indica, necesariamente, que el desenlace o resultado de la operación de prestación no pueda ser estimado con fiabilidad.
Cuando el resultado de una transacción que implique la prestación de servicios no pueda ser estimado de forma fiable, se reconocerán existencias por prestación de servicios, sólo en la cuantía en que los gastos reconocidos se consideren recuperables.